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Tribunal General Arbitral en lo Civil y Comercial.

 

El Tribunal General Arbitral en lo Civil y Comercial de la ESCUELA SUPERIOR DE DERECHO Y PRÁCTICA FORENSE, como órgano jurisdiccional privado institucionalizado, conoce en todo conflicto de naturaleza patrimonial a propuesta de parte interesada en única instancia o, de así acordarlo los interesados, actuando como Tribunal de Alzada la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial del Departamento Judicial de General San Martín, Provincia de Buenos Aires.

Los Juicios ante el Tribunal Arbitral se sustancian a través del procedimiento que las partes acuerden o, en defecto de ello, mediante el Reglamento del propio Tribunal.

La Justicia Arbitral constituye una opción rápida, flexible, económica y eficaz para la resolución de los conflictos en el ámbito patrimonial.

Las partes pueden, al contratar, pactar un COMPROMISO ARBITRAL sometiendo todas o algunas de las obligaciones emergentes del acto jurídico de que se trate a la jurisdicción arbitral.

El Tribunal Arbitral puede decretar medidas precautorias requiriendo de la jurisdicción judicial los medios para hacerlas efectivas.

Los laudos arbitrales hacen cosa juzgada en sentido material y equivalen a una sentencia dictada por los jueces del Poder Judicial.

El Tribunal Arbitral funciona en la sede de la ESDePF calle Salguero 2234 (B1650BTD) de la ciudad de General San Martín, Provincia de Buenos Aires, 4752-2068.

 

TASAS RETRIBUTIVAS DE SERVICIOS DEL TRIBUNAL ARBITRAL:

 

1. Demanda de monto indeterminado: $ 1.000.-

2. Demanda de monto cierto: 2 % del monto total de la demanda.

3. Desalojos por falta de pago: El equivalente a dos (2) cánones locativos no pudiendo este monto ser inferior a $ 2.000.-.

4. Expedición de certificados: $ 25.-.

5. Expedición de testimonios de sentencias de juicios arbitrales concluídos: $ 100.-.

6. Desarchivo de expedientes: $ 50.-.

7. Notificaciones por carta documento: $ 60.-.

8. Notificaciones por escribano público: $ 500.-.

 

ÁRBITROS:

 

Los árbitros son designados por las partes al momento de formalizar el compromiso arbitral o posteriormente de un listado confeccionado por la sociedad civil ESCUELA SUPERIOR DE DERECHO Y PRÁCTICA FORENSE sobre la base de un riguroso proceso de selección.

 

MODELO DE COMPROMISO ARBITRAL:

 

"Para toda controversia que se suscite con la interpretación, aplicación, ejecución y/o cumplimiento de todas y cada una de las claúsulas y obligaciones del presente contrato, las partes se someten a la jurisdicción y competencia del TRIBUNAL GENERAL ARBITRAL EN LO CIVIL Y COMERCIAL DE LA ESCUELA SUPERIOR DE DERECHO Y PRÁCTICA FORENSE (ESDePF), con domicilio legal en la calle Salguero 2234 de la ciudad de General San Martín, Provincia de Buenos Aires, República Argentina, con renuncia expresa a cualquier otro fuero o jurisdicción que pudiera corresponderles. El Tribunal se integrará por tres (3) jueces árbitros que serán designados por la sociedad civil ESCUELA SUPERIOR DE DERECHO Y PRÁCTICA FORENSE (ESDePF). El procedimiento aplicable al juicio arbitral será el previsto por el Código Procesal Civil y Comercial de la Provincia de Buenos Aires para el juicio sumarísimo. Las notificación del traslado de la demanda arbitral se efectuará en audiencia celebrada ante uno de los jueces la cual deberá ser notificada al demandado por medio fehaciente con una antelación no menor a tres (3) días. El laudo arbitral será inapelable. En caso de incumplimiento del laudo arbitral se estipula una multa de $ _____________________ ".

 

Contacto: tribunalarbitral@esdepf.com